No tiene suerte la ministra de Cultura. A principios de diciembre pasado se destapaba la llamada ley antidescargas, que provocó la rebelión de gran parte del mundo internauta. A Ángeles González-Sinde, cuyo departamento ha sido el principal impulsor de la legislación que intenta perseguir la piratería digital, le llovieron las críticas. Tal vez para lavar su imagen, la ministra anunciaba el 15 de diciembre, aprovechando la presentación del proyecto Enclave -fruto de la colaboración entre los editores y la Biblioteca Nacional, permite consultar a través de Internet miles de obras sometidas a derechos de autor- que el Gobierno había accedido a aplicar el tipo superreducido del IVA del 4% para el libro electrónico, equiparándolo al libro en papel.
Comentario de abueloinformatico.es: Desde luego es maravilloso el empuje que está dispuesto a dar el gobierno al desarrollo de la cultura a través de Internet. Seamos claros, vale que un LECTOR esté gravado con el 16% de IVA, sobre todo si es susceptible de soportar otro contenido que no sea libro (y por cierto, a ver si de una vez dejan los medios de "vender" el iPad como un lector, el iPad es tan lector de libro electrónico como lo puede ser cualquier ordenador, pero NO, repito, NO es un lector de libros electronico ni dedicado ni idoneo por muchísimas razones), pero lo que es el libro (la obra literaria, para entendernos mejor) en sí es totalmente ilógico que lo esté por el mero hecho de descargarse en la red.
Y por cierto, a ver como se come que el distribuido en CD sí que pueda llevar un tipo super reducido cuando un CD, un pen drive o una memoria Flash sí que lleva un 16% de IVA más un canon. ¿Se va a facturar por un lado el soporte y por otro el contenido? ¿Es una medida con la que simplemente se asegura un ingreso extra de IVA más el cobro del canon digital?
Y otra aclaración al que ha redactado esta noticia o los titulares. Vale que en términos coloquiales se utilice la expresión USB para referirse a memorias Flash conectadas por ese puerto (un pen drive, por ejemplo), pero no existe ningún dispositivo de almacenamiento llamado USB, USB es el puerto al que se conecta el dispositivo, no el dispositivo en sí. Si a eso vamos un módem se puede conectar por USB. ¿Cómo tributa entonces una descarga que utilice ese medio?
Además, el gravar al libro electrónico con el 4% de IVA NO significa aplicarle una reducción, sino aplicarle una tarifa diferente, la más baja de las existentes (que no es lo mismo, aunque pueda parecerlo). Aplicarle una reducción sería si se gravara con el 12%, 10% o similar, es decir, cualquier valor no encuadrado en las tarifas existentes.
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